El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba autorizó el funcionamiento de aplicaciones de viajes como Uber, resolviendo una disputa legal de años. La decisión, aunque provisional, genera controversia entre taxistas y la municipalidad, quienes cuestionan la falta de regulación y la posible competencia desleal.
Tras años de incertidumbre legal, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba emitió un fallo que autoriza el funcionamiento de aplicaciones de viajes como Uber en la provincia. Esta decisión, tomada el viernes 4 de abril de 2025, pone fin a una larga batalla legal entre la Municipalidad de Córdoba y las empresas de transporte compartido, pero al mismo tiempo abre un nuevo capítulo lleno de desafíos y debates.
El fallo del TSJ surge como respuesta a una apelación presentada por el Municipio hace cuatro años, cuando se buscaba restringir la operación de estas aplicaciones bajo el argumento de que constituían un servicio público no regulado. Uber y otras plataformas habían apelado la decisión municipal, defendiendo su derecho a operar libremente en el mercado. El TSJ, en un movimiento que busca un equilibrio temporal, rechazó ambas apelaciones pero, ante la falta de regulación por parte de la municipalidad, estableció un conjunto de requisitos que las aplicaciones deben cumplir para operar de manera provisional.
**Requisitos Provisionales para Uber y Aplicaciones Similares:**
El fallo del TSJ establece una serie de condiciones para el funcionamiento temporal de las aplicaciones, mientras se espera una normativa definitiva o una resolución completa del juicio de fondo. Estas condiciones incluyen:
* **Inscripción en organismos oficiales:** Las empresas deben registrarse ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), la Dirección General de Rentas (DGR) de la provincia y el registro de Comercio e Industria de la Municipalidad de Córdoba.
* **Domicilio legal en Córdoba:** Las empresas deben establecer un domicilio legal en la ciudad, aunque no necesariamente una sede física.
* **Requisitos para vehículos y conductores:** Los vehículos deben cumplir con normativas similares a las de taxis y remises, incluyendo ITV, antigüedad máxima, seguro, aire acondicionado, ploteo con el logo de la aplicación y requisitos específicos de capacidad. Los conductores deben presentar licencia profesional, antecedentes penales, etc.
* **Registro municipal específico:** Se crea un registro municipal exclusivo para este tipo de aplicaciones.
**Reacciones y Debate:**
La decisión del TSJ ha generado diversas reacciones. Mientras algunos celebran la modernización del sistema de transporte y la mayor competencia, otros expresan preocupación. Los taxistas y remiseros, en particular, temen una competencia desleal, argumentando que las aplicaciones no cumplen con las mismas regulaciones y obligaciones que ellos.
El asesor letrado del Municipio de Córdoba, Gabriel Martín, en declaraciones a Cadena 3, explicó que la habilitación es provisional y que las aplicaciones deben cumplir estrictamente con los requisitos establecidos. Destacó la necesidad de que el Concejo Deliberante desarrolle una reglamentación que contemple los intereses de todos los actores involucrados.
Miguel Arias, secretario del Sindicato de Peones de Taxis, expresó su rechazo a la decisión, afirmando que esta deja a los taxistas sin trabajo y cuestionando la efectividad de la regulación en otras ciudades donde se han implementado modelos similares.
**El Futuro del Transporte en Córdoba:**
La decisión del TSJ representa un punto de inflexión en el sistema de transporte de Córdoba. El futuro dependerá en gran medida de la capacidad del Concejo Deliberante para crear una normativa integral que regule la coexistencia de los servicios de taxi, remis y aplicaciones de viaje, garantizando la seguridad de los usuarios y la competencia justa entre todos los actores del sector. La experiencia de otras ciudades servirá de referencia para la elaboración de una legislación efectiva y sostenible.