Este lunes vence el plazo para declarar cargas familiares, deducciones y consumos en el Formulario 572 Web (SIRADIG). Descubre qué puedes deducir, cómo evitar demoras en la devolución del impuesto y qué hacer si no presentas la información a tiempo.
El próximo lunes vence el plazo para que los trabajadores en relación de dependencia presenten el Formulario 572 Web a través del sistema Siradig (SIRADIG). Este trámite crucial te permite declarar cargas familiares, deducciones y consumos en moneda extranjera, información esencial para el cálculo de tu impuesto a las Ganancias del período fiscal 2024. ¡No te quedes fuera!
**¿Qué pasa si no presentas el formulario a tiempo?**
Si no presentas la información antes del lunes, podrías enfrentar demoras significativas en la devolución del impuesto. En lugar de una devolución automática, deberás iniciar un proceso engorroso y lento a través de la presentación de la declaración jurada del impuesto, un procedimiento mucho menos eficiente. Esto podría retrasar tu reintegro por meses.
**¿Qué puedes deducir?**
Para reducir tu carga impositiva, asegúrate de incluir en el formulario SIRADIG las siguientes deducciones (sujetas a límites):
* **Cargas de familia:** Cónyuge e hijos que hayan residido en el país al menos seis meses y no hayan percibido ingresos netos anuales superiores a $3.503.688,17 (monto de la ganancia no imponible vigente en 2024).
* **Deducciones personales:**
* Cuotas médico-asistenciales (hasta el 5% del ingreso neto).
* Donaciones a entidades exentas (hasta el 5% del ingreso neto).
* Servicios médicos y paramédicos (40% del gasto, con tope del 5% del ingreso neto).
* Primas de seguros de vida y retiro (hasta $195.845,39 anuales).
* Intereses pagados por créditos hipotecarios (hasta $20.000).
* Gastos en indumentaria o equipamiento laboral (no reintegrados por el empleador).
* Aportes a Sociedades de Garantía Recíproca (manteniendo el aporte por al menos dos años).
* Gastos educativos de hijos o familiares a cargo menores de 24 años (hasta $560.590,07).
* Alquiler de vivienda (hasta el 40% del monto anual, con contrato registrado en RELI y sin ser propietario de inmuebles).
* **Percepciones por consumos en moneda extranjera:** Debes informar las percepciones por compras en el exterior para acceder a su reintegro (hasta el límite de lo retenido). De lo contrario, la devolución se demorará meses.
**Pluriempleo:** Si trabajas para más de un empleador, el que te paga la mayor remuneración es el responsable del cálculo y retención del impuesto. Los otros ingresos deben declararse en el SIRADIG.
**¿Cómo cargar el formulario?**
Ingresa con tu clave fiscal al servicio SIRADIG – Trabajador en la página web de ARCA. Selecciona tu empleador y carga tus datos personales, cargas de familia, deducciones y percepciones. ¡Guarda una copia de tu presentación!
**Si no tuviste retenciones:** Si tu empleador no te retuvo el impuesto, no estás obligado a presentar el Siradig, aunque puedes solicitar la devolución de percepciones a partir del 1 de enero a través del régimen de ARCA.
No pierdas tiempo. Presenta tu Formulario 572 Web antes del lunes y evita demoras en la devolución de tu impuesto a las Ganancias.