La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los montos mínimos a partir de los cuales bancos y billeteras virtuales deben informar los movimientos de sus clientes. Descubre los nuevos umbrales y qué implica para usuarios y entidades financieras.
A partir del 1° de enero de 2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó nuevos límites para el reporte de transacciones financieras, actualizando los montos mínimos que obligan a bancos y billeteras virtuales a informar sobre los movimientos de sus clientes. Esta actualización, basada en la inflación acumulada, busca mejorar los controles tributarios sin generar costos adicionales para los usuarios.
**¿Cuáles son los nuevos límites?**
Los nuevos umbrales establecidos por ARCA para el reporte de transacciones a partir de enero de 2025 son:
* **$600.000:** Consumos totales con tarjetas de débito en el país e ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.
* **$1.000.000:** Acreditaciones bancarias totales en un mes, depósitos a plazo fijo constituidos durante el mes y extracciones de efectivo (por cualquier medio) tanto en el país como en el exterior. También aplica a los saldos finales en cuentas bancarias y billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.
* **$2.000.000:** Transferencias bancarias o virtuales realizadas exclusivamente desde billeteras virtuales que superen este monto.
**¿Qué implica esto para los usuarios?**
Es importante aclarar que estos límites no representan una prohibición para realizar transacciones por encima de los montos establecidos. Sin embargo, superarlos implica que ARCA tendrá un mayor acceso a la información de dichas operaciones y podrá solicitar la documentación necesaria para justificar el origen de los fondos. Esto se realiza para prevenir la evasión fiscal y asegurar que las transacciones sean legítimas.
Si bien los movimientos por debajo de estos montos no suelen ser objeto de un escrutinio inmediato, la obligación de las entidades financieras de reportar las operaciones por encima de los umbrales establecidos facilita su detección por parte de ARCA. En otras palabras, aunque las transacciones pequeñas no sean reportadas individualmente, el patrón general de movimientos puede llamar la atención de ARCA. Todos los movimientos financieros, independientemente de su monto, deben estar debidamente justificados ante un requerimiento de información por parte del organismo.
**¿Qué deben informar las entidades financieras?**
Bancos y billeteras virtuales deben reportar a ARCA información detallada sobre las operaciones que superen los montos establecidos. Esto incluye datos sobre consumos, movimientos de fondos, depósitos y saldos, tanto en el ámbito bancario tradicional como en el digital. Para las billeteras virtuales, el reporte abarca ingresos, egresos y transferencias significativas. Esta medida busca reforzar la trazabilidad de las operaciones financieras en el creciente ecosistema digital.
**Contexto y objetivos de la medida**
La Resolución General 5512/2024, que sustenta esta actualización, se enmarca en una estrategia de modernización fiscal de ARCA. El objetivo principal es incrementar la transparencia en las transacciones financieras, particularmente en el ámbito digital, donde el volumen de operaciones ha experimentado un auge significativo en los últimos años. La actualización semestral de los montos, en función de la inflación, garantiza la efectividad de la medida a lo largo del tiempo.
En resumen, la implementación de estos nuevos límites por parte de ARCA busca fortalecer el control tributario en un contexto de creciente digitalización financiera, sin imponer nuevas obligaciones directas a los usuarios finales, pero sí exigiendo una mayor transparencia y eficiencia en el registro y reporte de operaciones por parte de las entidades financieras.