El Instituto de Previsión Social (IPS) ha simplificado un trámite clave para sus beneficiarios, modificando los requisitos para la renovación de poderes para percibir haberes. Esta medida busca facilitar el proceso y agilizar los tiempos.
A partir de la nueva normativa, ya no será necesaria la renovación del poder otorgado por un beneficiario/a a un familiar para percibir sus haberes. De esta manera, los familiares que ejercen la representación de un titular de beneficio del IPS, quedan eximidos de la carga de renovar la autorización para percibir haberes. Esta medida incluye a el/la conviviente en aparente matrimonio.
La autorización sólo perderá vigencia por:
- Revocación expresa del o la titular.
- Renuncia del apoderado.
- Fallecimiento de alguno de ellos.
Para gestionar el trámite de Poder para percibir, las/los interesados podrán acceder a la información y requisitos a través del sitio web del IPS.
Esta medida representa una importante mejora en la atención a los beneficiarios del IPS, simplificando un proceso que anteriormente requería de una renovación periódica.